Que significa incautar en derecho?

¿Qué significa incautar en derecho?

Significado de Incautación en Derecho Español Desposesión que realiza la autoridad competente de bienes y efectos por razones de interés público o de actuaciones ilícitas.

¿Cómo se decreta el comiso?

«El comiso es procedente en los siguientes eventos: a. Sobre los instrumentos y efectos que no tengan libre comercio, con los que se haya cometido la conducta punible o que provengan de su ejecución, independientemente de su atribución a título de dolo o culpa.

¿Qué autoridad puede solicitar la suspensión del poder dispositivo con fines de comiso?

En la formulación de imputación o en audiencia preliminar el fiscal podrá solicitar la suspensión del poder dispositivo de bienes y recursos con fines de comiso, que se mantendrá hasta tanto se resuelva sobre el mismo con carácter definitivo o se disponga su devolución.

¿Qué es incautación de armas de fuego no convencionales municiones y explosivos?

Incautación de armas de fuego, no convencionales, municiones y explosivos. Los elementos incautados serán destruidos, excepto cuando las armas o municiones sean elementos materiales probatorios dentro de un proceso penal.

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¿Qué es el comiso en derecho?

El comiso, también denominado decomiso o confiscación, consiste en la privación definitiva de un bien o derecho padecida por su titular y derivada de su vinculación con un hecho antijurídico.

¿Qué es la incautación?

Actuación llevada a cabo por una persona de tomar posesión de tierras o bienes pertenecientes a particulares, por parte de una autoridad competente. Otras voces que guardan relación con Incautación en la sección sobre los Conceptos Generales del Derecho Penal pueden ser las siguientes:

¿Cuál es el significado de incautar?

incautar. Gral. Privar a alguien de alguno de sus bienes en ejecución de una garantía o como consecuencia de la relación de estos con un delito, falta o infracción administrativa.

¿Qué es la incautación total o parcial de la garantía?

« 1. La incautación total o parcial de la garantía por parte de la Caja requerirá la solicitud del órgano administrativo, organismo autónomo o ente público a cuya disposición se constituyó, en la que se acreditará: […] b) La cuantía de la garantía a incautar » (Reglamento de la Caja General de Depósitos, RD 161/1997, art. 9 ).

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