Tabla de contenido
¿Quién es parte en un procedimiento administrativo?
¿Quién lo puede iniciar? La Administración Pública, iniciación de oficio del procedimiento administrativo. El interesado, presentar la solicitud bajo los requerimientos establecidos.
¿Quién puede iniciar un procedimiento administrativo?
Iniciación de los procedimientos administrativos. Los procedimientos administrativos se inician de oficio o a solicitud del interesado. La iniciación de oficio supone que sean las propias Administraciones Públicas quienes promuevan el procedimiento.
¿Qué ley regula el derecho administrativo?
La ley orgánica de la administración pública federal es el ordenamiento legal que se encarga de regular la estructura, facultades y atribuciones de los organismos integrantes de la administración pública.
¿Qué es el procedimiento administrativo?
El procedimiento administrativo es un conjunto de actuaciones que debe realizar la Administración para producir un acto administrativo. Según lo establece la Constitución Española en su artículo 103, apartado 1, se basa en los principios de eficacia, descentralización, desconcentración y coordinación. 1.
¿Quién regula el Procedimiento Administrativo Común?
B. Regulación. El Estado tiene competencia exclusiva para la regulación del procedimiento administrativo común ( artículo 149.1.18.ª C.E.).
¿Cuáles son las opciones de finalización del procedimiento administrativo?
Las opciones de finalización del procedimiento administrativo son varias. Resolución de las peticiones , se notifica y es factible que se agreguen actuaciones complementarias. Terminación convencional , se llega al acuerdo entre las partes.
¿Cuáles son los diferentes tipos de procedimientos administrativos?
Tipos de procedimientos administrativos Es posible distinguir diferentes tipos de procedimientos administrativos, que supondrán a su vez la aplicación de otras leyes complementarias o principios. Declarativos: se limitan al reconocimiento de un derecho. Constitutivos: el procedimiento repercute en nuevas situaciones jurídicas.