¿Cuántos días tenemos de vacaciones?
En el artículo 76 explica: “Los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios.
¿Cuántas vacaciones corresponden a 1 año?
¿ Cuántos días te corresponden legalmente?
Antigüedad | Días de vacaciones al año |
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Entre 4 y 7 semanas de trabajo | 1 día |
Entre 8 y 11 semanas de trabajo | 2 días corridos |
Entre 12 y 15 semanas de trabajo | 3 días corridos |
Entre 16 y 19 semanas de trabajo | 4 días corridos |
¿Cuántos días de vacaciones me corresponden por 6 meses de trabajo?
A partir de los 6 meses tenes 14 días corridos de vacaciones. Si trabajaste menos de 6 meses tenés 1 día de vacaciones por cada 20 días de trabajo efectivo.
¿Cómo se cuentan los 15 días de vacaciones?
Cuando la jornada laboral es de lunes a viernes, los 15 días hábiles de vacaciones se cuentan de lunes a viernes, lo que quiere decir que se descuentan los sábados, domingos y festivos.
¿Cuánto dura la vacaciones no disfrutadas?
Según la legalidad vigente, las vacaciones no disfrutadas tendrán que cogerse dentro de un periodo de 18 meses desde que estaban previstas.
¿Cuándo se pagan las vacaciones?
Si un trabajador laboro todo un año, tiene derecho al pago de vacaciones, esto es, si ingreso el 1 de enero de 2016 el derecho se genera hasta el 1 de enero de 2017, y de conformidad Artículo 81 de la Legislación laboral, las vacaciones deberán concederse a los trabajadores dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios.
¿Cómo se otorgan las vacaciones en el trabajo?
Todos los trabajadores tiene derecho a vacaciones. Las vacaciones son el periodo de descanso que todos los trabajadores esperan cada año. Según el artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo nos indica claramente cómo es que se otorgan las vacaciones en el trabajo .
¿Cómo se calcula la duración de las vacaciones?
– Días laborables o naturales: El convenio puede fijar la duración de las vacaciones en días laborables -no se tiene en cuenta los sábados, los domingos y los festivos-, o en días naturales -sí se computan-.