Como adquirir viviendas por el gobierno?

¿Cómo adquirir viviendas por el gobierno?

¿Qué requisitos hay para postularse al programa ‘Mi Casa Ya’ con subsidio de vivienda?

  1. Ingresos superiores a 2 SMLMV.
  2. Que no sean propietarios de vivienda en el territorio nacional.
  3. Que no hayan sido beneficiarios de Subsidio Familiar de Vivienda por parte del Gobierno Nacional, ni de cobertura de tasa de interés.

¿Cómo adquirir mi primera Vivienda?

Solicitud de Vivienda

  1. Ser mayor de edad.
  2. No poseer vivienda propia.
  3. Pertenecer al segmento poblacional de ingresos bajos.
  4. La persona precalificada debe depositar el formulario de solicitud, debidamente llenado y completado a través de este portal y al momento de ser contactado se le requerirán los documentos siguientes:

¿Cuándo entran en vigor las subvenciones al alquiler de vivienda?

Las subvenciones al alquiler de vivienda entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2018 una vez se apruebe de forma definitiva el plan el 1 de junio. Una de las principales novedades son las subvenciones a la rehabilitación de viviendas y una ayuda para el alquiler.

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¿Cuál es la diferencia entre una primera vivienda y una segunda vivienda?

Pues no tienen nada que ver. La primera vivienda se refiere a la compra de tu primer inmueble cuando no tienes ningún otro en propiedad. Por si albergas dudas: una segunda vivienda es cuando pides una hipoteca y ya tienes una casa en propiedad.

¿Qué es una vivienda habitual y qué se considera primera vivienda?

Para aclarar términos y que te quedes tranquilo compartimos contigo qué se considera vivienda habitual y qué se considera primera vivienda. La Agencia Tributaria lo tiene claro. A efectos fiscales para tu próxima declaración de la renta, una vivienda habitual es aquella residencia que cumple los siguientes requisitos:

¿Cuáles son los requisitos para la compra de vivienda?

El Plan Nacional ha sido aprobado como real decreto y pide como requisitos para las subvenciones para la compra de vivienda unos ingresos en el hogar inferiores a unas 3 veces el IPREM. En definitiva, debe ser de 19.170,39 € al año en el caso de cobrar 12 pagas. En cambio, si son 14 pagas la cifra asciende a 22.365,42 euros.

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