Cuando te embargan la nomina cuanto te quitan?

¿Cuando te embargan la nómina cuánto te quitan?

1. Es inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, que no exceda de la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional. En 2022 el SMI es de 1.000€/mes por 14 pagas. Es decir, los primeros 1.000€/mes de tu salario o pensión son inembargables.

¿Cuánto es lo máximo que se puede embargar de la nómina?

La cantidad que se puede embargar está relacionada con el SMI, que a partir del 1 de septiembre de 2021 es de 965 € en 14 pagas o en 1.125,83 en 12 pagas. Una cuestión fundamental como más comentaremos es si se debe considerar el SMI en 12 o en 14 pagas.

¿Cómo se puede embargar una nómina?

Si ya se ha ingresado la nómina en la cuenta bancaria correspondiente sin haberse practicado el embargo correspondiente, la Administración o el Juzgado correspondiente puede embargar dicha cantidad directamente de la cuenta bancaria. ¿Existen límites a la hora de embargar una nómina? El embargo de la nómina no es ilimitado.

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¿Qué es el embargo de la nómina?

El embargo es la vía que el juzgado puede seguir sobre tus bienes ante el impago de las obligaciones económicas establecidas en el convenio regulador o la sentencia de divorcio. Más adelante vamos a explicar cómo se hace en la práctica, efectuando un ejemplo de embargo de la nómina tal cual lo hace el juzgado.

¿Cuánto se embarga de la nómina o pensión?

La cantidad exacta a embargar se estipula a través del Artículo 607 del Enjuiciamiento Civil. La cantidad embargable va directamente relacionada con el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que en este 2020 ha estado fijado en 950 euros. Teniendo en cuenta esto, se establecen unos tramos que determinan cuánto se embarga de la nómina o pensión.

¿Qué pasa si no se atiende al requerimiento de nomina?

Si no se atiende al requerimiento, se procederá al embargo, en este caso de la nomina, con lo límites anteriormente vistos, y en base a ello, la empresa recibirá un Oficio acordando la obligación de poner a disposición del Juzgado mensualmente las cantidades de nomina que corresponda.

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