Cuando empieza a contar la prescripcion de una deuda?

¿Cuándo empieza a contar la prescripción de una deuda?

El plazo de prescripción comienza a contar desde el momento en que nace la deuda y el acreedor tiene derecho a reclamarla. Pero el plazo, sin embargo, puede interrumpirse en cualquier momento con alguna acción por parte del acreedor.

¿Cuál es la ley de prescripción de deudas?

Término o tiempo de prescripción de las deudas en Colombia. La prescripción de las deudas. Resumiendo, las deudas respaldadas con un título valor como letras de cambio, facturas y pagarés, prescriben en tres años, y las respaldadas por contratos como el de arrendamiento prescriben a los 5 años.

¿Cuál es la ley de prescripción de deudas en Colombia?

Las deudas que están respaldadas por un contrato, una conciliación, etc., se cobran judicialmente mediante una acción ejecutiva o proceso ejecutivo, y su prescripción está regulada por el artículo 2536 del código civil: «La acción ejecutiva se prescribe por cinco (5) años. Y la ordinaria por diez (10).

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¿Cómo cobrar deudas Después de que haya expirado el plazo de prescripción?

En la mayoría de los estados, los cobradores de deudas pueden aún intentar cobrar deudas después de que haya expirado el plazo de prescripción. Pueden tratar de hacerle pagar la deuda enviándole cartas o llamándole siempre y cuando, no violen la ley al hacerlo.

¿Cómo parar la prescripción de una deuda?

Para parar la prescripción lo importante es que puedas acreditar que has contactado con el deudor, por eso lo más habitual y lo más sencillo es enviar un burofax o una carta de reclamación de la deuda con con acuse de recibo y certificado de contenido reclamando el pago.

¿Cuál es el plazo de prescripción de la deuda de una tarjeta de crédito?

Actualmente el plazo de prescripción de la deuda de una tarjeta de crédito es de cinco años contados desde que pueda exigirse el cumplimiento de la obligación. Hasta Octubre de 2015 este plazo de prescripción era de quince años, pero la reforma llevada a cabo en el artículo 1964.2 del Código Civil, lo ha dejado en cinco años.

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¿Cuánto tiempo debo esperar para prescriber la deuda?

Sin embargo, aún deben pasar 4 años más para que prescriba la deuda en sí. En estos 4 años me pueden seguir cobrando, sólo que sin el mérito ejecutivo que tenía el documento, sino más bien en una demanda que goza de bastantes menos virtudes que el juicio ejecutivo.

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