Cuando se establece el regimen de visitas?

¿Cuándo se establece el régimen de visitas?

A falta de acuerdo de los progenitores, el régimen de visitas será establecido por el Juez en aquellos procedimientos de separación, nulidad, divorcio o ruptura de la pareja y siempre que haya hijos menores o hijos mayores discapacitados.

¿Qué pasa con el incumplimiento del régimen de visitas a un menor?

Actualmente el incumplimiento del régimen de visitas a un menor, que el padre o la madre, tienen derecho, por sentencia judicial, ha dejado de estar penalizado, pasando a regularse, exclusivamente, por la ley procesal civil. Con la reforma del Código Penal, desde el 1 de julio de 2015, se han eliminado las faltas.

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¿Cuál es el régimen de visitas de los hijos?

Cuando los hijos son de bebés y por tanto de corta edad, se suele establecer un régimen de visitas acorde con su temprana edad por lo que es habitual que sea gradual en el sentido de que a medida que el hijo va creciendo el régimen de visitas también.

¿Quién puede acordar el régimen de visitas de los hijos con los abuelos?

De un lado, los cónyuges pueden acordar en el convenio regulador un régimen de visitas de sus hijos con los abuelos, recabándose a tal efecto por el Juez el consentimiento de estos últimos.

¿Se puede modificar el tiempo de duración establecido para el régimen de visitas?

La respuesta es sí, se puede modificar el tiempo de duración establecido para el régimen de visitas siempre que se hayan producido cambios en las circunstancias que existían cuando se acordó el régimen de visitas que se pretende modificar.

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¿Cuál es el régimen de visitas de un bebé?

Cuando el hijo es un bebé y por tanto tiene gran dependencia de la madre, es habitual que se establezca un régimen de visitas acomodado a los horarios de alimentación, descanso y ritmo de vida, por lo que se suele fijar algunas horas durante ciertos días durante a la semana, pero no la pernocta.

¿Qué ocurre con el régimen de visitas en los hijos mayores de edad?

¿Qué ocurre con el régimen de visitas en los hijos mayores de edad? La guarda y custodia de los hijos, y por extensión, la realización de régimen de visitas solo tiene su alcance hasta la mayoría de edad. Una vez sobrepasado ese limite, no habrá visitas que valgan sino que todo quedará en manos de la relación que progenitor e hijo quieran mantener.

¿Cuándo el juez puede limitar o suspender el régimen de visitas?

Igualmente y en casos concretos el Juez puede limitar o suspender el régimen de visitas cuando se den graves circunstancias que lo aconsejen o, por ejemplo, como consecuencia de reiterados incumplimientos del mismo. ( ¿ Qué hacer en los incumplimientos del régimen de visitas?)

¿Cuál es el régimen de visita de un menor con discapacidad?

No obstante, la autoridad judicial podrá establecer un régimen de visita, comunicación o estancia en resolución motivada en el interés superior del menor o en la voluntad, deseos y preferencias del mayor con discapacidad necesitado de apoyos y previa evaluación de la situación de la relación paternofilial.

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