Como solicitar el paro si me han despedido?

¿Cómo solicitar el paro si me han despedido?

Para ser atendido en persona en las oficinas del SEPE es imprescindible pedir cita previa y estar inscrito como demandante de empleo, es decir, apuntado al paro. Se puede pedir primero la cita previa en el SEPE y mientras llega el día de la cita, apuntarse como demandante de empleo.

¿Cuánto tiempo tengo para solicitar el paro después del despido?

15 días hábiles
El plazo para pedir la prestación contributiva es de 15 días hábiles desde la fecha del cese en el trabajo, es decir, 15 días sin contar sábados, domingos ni festivos, a partir del día siguiente a la fecha del despido, fin de contrato, etc (lo que se conoce como fecha de “situación legal de desempleo”).

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¿Cómo solicitar el paro en caso de despido disciplinario?

Incluso si el despido disciplinario esté justificado, es decir, se considere procedente, puedes solicitar el paro. En otros casos se podrá tomar la decisión de finalizar la relación laboral y cobrar el paro o si volver a trabajar en la empresa.

¿Se puede acceder al paro si me han despedido?

Me han despedido, ¿puedo acceder al paro? Sí. El trabajador despedido tiene derecho a solicitar la prestación por desempleo. Puede solicitarla desde el día en que el empresario decida extinguir la relación laboral, sea cual fuere el tipo de despido del que haya sido objeto (disciplinario, objetivo o colectivo).

¿Es necesario demandar a la empresa por el despido para pedir el paro?

No, no es necesario demandar a la empresa por el despido para poder pedir el paro. La solicitud de la prestación por desempleo y el demandar son dos procesos distintos, cada uno con sus plazos y su procedimiento. No hay que esperar a demandar para pedir el paro ni hay que esperar a haber gestionado el paro para poder demandar.

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¿Se puede cobrar el paro o prestación por desempleo?

Pero, respecto al cobro del paro o prestación por desempleo, la ley siempre garantiza el derecho a cobrarlo. Así, aunque el despido disciplinario esté justificado en base a las causas estipuladas en la ley, y por tanto resulte procedente, ello no impide que el trabajador cobre el paro.

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