Cuando el empleador puede obligarme a tomar vacaciones?

¿Cuando el empleador puede obligarme a tomar vacaciones?

Conforme lo dispone el artículo 76 del Código del Trabajo, el empleador tiene siempre el derecho de decretar feriado colectivo respecto de todos los trabajadores de la empresa, de uno o más de sus establecimientos o de parte de ellos, siempre que no lo haga más de una vez en cada año.

¿Cuando un trabajador se puede tomar vacaciones?

15 días hábiles de vacaciones poseen los trabajadores que hayan cumplido con al menos un año de labores prestadas a su actual empleador. 1 mes de anticipación es el período previo con que deben ser solicitadas las vacaciones de forma escrita al empleador.

¿Qué pasa si mi empresa no me quiere dar vacaciones?

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La única razón que contempla la ley para ese tipo de casos, es la ruptura de la relación laboral. Ya sea por despido justificado, injustificado o renuncia, si el trabajador no tuvo tiempo de gozar de sus vacaciones, entonces se le deben retribuir en su liquidación o finiquito.

¿Qué pasa si la empresa no me quiere dar mis vacaciones?

¿Se puede obligar a los trabajadores a hacer uso de sus vacaciones?

Por su parte, si se trata del feriado de trabajadores considerados individualmente, no se puede obligar a los trabajadores a hacer uso de sus vacaciones, requiriéndose siempre del mutuo acuerdo de las partes.

¿Cuándo se pueden disfrutar las vacaciones de trabajo?

Existe un límite para disfrutar de las vacaciones de trabajo, habitualmente el fin del año natural. Salvo que el convenio o un pacto con la compañía indiquen lo contrario. O sea, que no se pueden acumular de un año a otro. Si no se ha disfrutado de ellas antes del 31 de diciembre, se pueden perder.

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¿Cómo se otorgan las vacaciones en el trabajo?

El artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo nos indica claramente cómo es que se otorgan las vacaciones en el trabajo.

¿Qué pasa si no puedo conceder vacaciones a mi trabajador en verano?

Si el empresario argumenta que no puede conceder vacaciones a su trabajador en verano por razones técnicas, organizativas o productivas, el empleado tendrá dos opciones: Aceptarlo e irse de vacaciones cuando la empresa se lo permita. Rescindir el contrato de trabajo. En este caso, percibiría 20 días de salario como indemnización.

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