Como desistir de la patria potestad?

¿Cómo desistir de la patria potestad?

La pérdida o suspensión de la patria potestad, por ser ésta una institución jurídica constitucional y legalmente irrenunciable, intransferible, imprescriptible y temporal, debe ser decretada mediante sentencia por la autoridad judicial competente.

¿Cómo se puede renunciar a la patria potestad de un hijo?

– La patria potestad no es renunciable; pero aquellos a quienes corresponda ejercerla pueden excusarse: I.

¿Cuándo se pierde la patria potestad también se pierde la obligación alimentaria?

obligación alimentaria de los padres continúa en caso de suspensión o pérdida de la Patria Potestad. La pensión alimenticia puede establecerse mediante dos fuentes: 1. La ley. – Entre personas unidas por razones de parentesco o matrimonio (Artículo 475 del Código Civil).

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¿Cuándo termina la patria potestad?

La patria potestad termina cuando el hijo alcanza la mayoría de edad. Pero puede acabar antes si se procede a la emancipación por el menor . La patria potestad confiere a los padres la representación legal del hijo y encierra un doble contenido: personal y patrimonial. ¿Quién ejerce la patria potestad?

¿Cuáles son los requisitos para la recuperación de la patria potestad?

En cuanto a la posibilidad de recuperación de la patria potestad de la que se ha privado por los motivos expuestos, el artículo 170 del Código Civil, prevé tal posibilidad siempre y cuando se den dos requisitos esenciales: Que haya cesado la causa que motivó su privación. Que tal rehabilitación suponga un beneficio o interés para el menor.

¿Cuáles son las causas de la privación o suspensión de la patria potestad?

Las causas posibles de privación o suspensión de la patria potestad son: drogodependencia, alcoholismo, perturbaciones mentales, malos tratos, ausencia de relación con los hijos, incumplimiento del deber de alimentarlos, condena penal, etcétera.

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¿Cuánto tiempo puede durar una controversia en el ejercicio de la patria potestad?

Cabe la posibilidad de que si las controversias en el ejercicio de la patria potestad fueran reiterados o concurriera cualquier otra causa que entorpezca gravemente su ejercicio, el juez decida por un tiempo máximo de 2 años atribuirla total o parcialmente a uno de los padres o distribuir entre ellos sus funciones.

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