Tabla de contenido
¿Cómo evaluar daños estructurales?
Cómo evaluar las fallas estructurales causadas por sismos
- Identifica el modo de construcción.
- Consulta los planos arquitectónicos y estructurales.
- Verifica si las construcciones aledañas tienen daños a simple vista.
- Golpea levemente los muros e intenta escuchar si están huecos.
¿Cómo hacer una evaluación estructural?
Una Evaluación Estructural consiste en realizar un análisis matemático de la estructura existente ante cargas gravitacionales y cargas sísmicas para determinar el estado actual de estructura. También se realiza en caso de ampliaciones de niveles, para determinar si la estructura base requiere o no un reforzamiento.
¿Cómo hacer un reporte de daños estructurales?
Entre las que se define y consideran generalmente están:
- Ubicación: dirección de la construcción y datos de localización.
- Estructura: número de pisos, de plantas, tipo de estructura.
- Tipo de construcción: en este se especifican los materiales y técnicas con las que se construyó el inmueble.
¿Cómo calcular el daño moral?
Relacionar el daño moral con el daño material, en la línea de la STS 248/2011 de 4 de abril: el daño moral puede ser un 25\%, un 50\% o incluso un 75\% del daño material, pero no mucho más. Solicitar una cantidad que multiplicase la correspondiente al daño material podría tener dificultades para ser estimada. 2.-
¿Cómo cuantificar los daños morales?
Principalmente existen tres vías para llegar a una cuantificación de los daños morales que tenga un cierta base: 1.- Relacionar el daño moral con el daño material, en la línea de la STS 248/2011 de 4 de abril: el daño moral puede ser un 25\%, un 50\% o incluso un 75\% del daño material, pero no mucho más.
¿Qué es el derecho de daños en España?
El derecho de daños en España parte del principio de la llamada “restitutio ad integrum” o reparación integral, de manera que la víctima debe ser resarcida por todos los daños tanto materiales como inmateriales.
¿Cuál es la indemnización por los daños materiales?
La indemnización por los daños materiales sería de 50.000 € (menos el valor de depreciación por los tres años transcurridos desde su adquisición) más intereses, desde la fecha en que se efectúa fehaciente reclamación, o en su caso, desde la fecha en la que se interpone escrito de demanda, junto con las costas procesales por la reclamación judicial.