¿Qué es una cláusula de resolución de controversias o convenio arbitral?
El convenio arbitral es un acuerdo de voluntades de naturaleza contractual cuyo objeto radica en someter cuestiones litigiosas a la decisión de uno o varios árbitros.
¿Qué recurso excepcionalmente procede contra el laudo arbitral?
Contra los laudos arbitrales dictados en una sola instancia o contra los laudos arbitrales de segunda instancia, procede sólo la interposición del recurso de anulación ante el Poder Judicial por las causales taxativamente establecidas en el Artículo 73.
¿Cuáles son las reglas aplicables al procedimiento arbitral?
Reglas aplicables al procedimiento 1. El procedimiento arbitral se regirá por las presentes Reglas y, en lo que ellas fueren omisas, por las reglas que las partes o, en su defecto, el Tribunal Arbitral, determinen. 2.
¿Cuáles son los requisitos para presentar una demanda de arbitraje?
A la Demanda deberá anexarse el acuerdo de arbitraje y el contrato o documento base de la acción. 5. La Actora deberá presentar su Demanda en tantas copias como sea necesario según lo previsto en el artículo 3.2 de estas Reglas, y deberá pagar el anticipo sobre la tasa administrativa a que se refiere el artículo 37.
¿Cuántos árbitros se deben nombrar en un acuerdo de arbitraje?
Si en virtud del acuerdo de arbitraje o de una decisión del/de la Presidente/a de la Cámara, se deben nombrar tres árbitros, la parte demandante nombrará a un árbitro en la solicitud o en el plazo establecido en la decisión sobre el número de árbitros, en ausencia de lo cual la solicitud de arbitraje se considerará retirada.
¿Cómo anunciar el inicio de un procedimiento arbitral?
La Secretaría del TAS podrá anunciar públicamente el inicio de un procedimiento arbitral y más adelante y en su caso, la composición de la Formación arbitral y la fecha de la audiencia, a menos que las partes acuerden algo distinto.