Donde tengo que presentar la papeleta de conciliacion?

¿Dónde tengo que presentar la papeleta de conciliación?

¿Dónde se presenta la papeleta de conciliación? La papeleta de conciliación debe presentarse por escrito o bien de forma telemática (por internet) ante el Servicio de Mediación Arbitraje y Conciliación (SMAC) correspondiente a la provincia de residencia del trabajador.

¿Qué pasa si no se llega a un acuerdo en la conciliación?

Si la empresa acude al acto, pero no se llega a ningún acuerdo o simplemente no se presenta, la autoridad laboral lo dejará reflejado en el acta de conciliación y el trabajador recibirá una copia de este documento.

¿Dónde se presenta la papeleta de conciliación en Madrid?

La papeleta se presenta ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC), que en Madrid se encuentra ubicado en la calle Princesa nº 3 (Pza. de los Cubos).

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¿Cómo presentar SMAC Madrid?

El otorgamiento de representación para expedientes con número de SMAC, (apoderamiento apud acta) se realiza de forma presencial en la Dirección General de Trabajo (calle Princesa nº 5). Una vez dentro del enlace, deberá elegir la opción E-REP (Representaciones).

¿Cuándo procede la conciliación?

A tenor del artículo 139.1 de la Ley de Jurisdicción Voluntaria, la conciliación procederá cuando se manifieste la siguiente situación: Se podrá intentar la conciliación con arreglo a las previsiones de este Título para alcanzar un acuerdo con el fin de evitar un pleito.

¿Cómo solicitar un acto de conciliación?

Los pasos necesarios para solicitar un acto de conciliación se precisan en el artículo 141 de la Ley de Jurisdicción Voluntaria: 1.

¿Cómo negociar la conciliación?

Dependiendo del caso ( despido, sanción, adeudo de cantidad, reconocimiento de un derecho, etc.), hay ocasiones en las que la empresa, al recibir la reclamación, se pone en contacto con la persona trabajadora o el abogado para negociar previamente a la fecha fijada para la conciliación.

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¿Qué pasa si no se acredita la conciliación?

Por ello, el Juzgado de lo Social no va a admitir la demanda si no se acredita haber intentado esta conciliación salvo las excepciones que se ven en el punto siguiente.

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